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CONSEJO ESCOLAR

CONSEJO ESCOLAR



El Consejo Escolar es una instancia de apoyo a la conducción general del Establecimiento; su naturaleza y funciones se deducen de la legislación vigente, cuya reglamentación, como cuerpo colegiado, se considera parte integrante del presente Reglamento (Ley 19.979, de Jornada Escolar Completa). El Consejo escolar sesionará como mínimo cuatro veces al año, según lo señala la Ley, considerando sesiones extraordinarias para abordar temáticas de su injerencia. Se levantarán Actas para el registro de sus acuerdos. El Consejo Escolar estará integrado por: Dirección, un representante del Sostenedor, Inspector General, Encargado de Convivencia Escolar, un docente elegido por sus pares, un representante de los Asistentes de la Educación, el(la) Presidente(a) del Centro de Padres y el(la)Presidente(a) del Centro de Estudiantes.